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Vista previa — datos inventados, y la firma que se ve abajo todavía no está construida

Escritorio del abogado

Escritorio de ejemplo

Ejemplo de una orientación generada con IA. La revisión y firma que ilustra esta pantalla aún no están disponibles.

EJEMPLO-000000Laboral — fuero de maternidadBogotáHace 2 horasEspera revisión

Preparado con inteligencia artificial y pendiente de revisión y firma.

La persona fue despedida durante el embarazo. El artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo establece que ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo sin autorización previa del Ministerio del Trabajo, y presume que el despido ocurrido durante el embarazo obedeció a esa razón. El artículo 240 exige permiso previo del Inspector del Trabajo, que debe oírla antes de resolver.

Artículo 239, Código Sustantivo del Trabajo

Artículo 240, Código Sustantivo del Trabajo

Lo que el sistema no pudo sostener

  • Jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre fuero de maternidad: no está cargada en el corpus.
  • No hay una estimación fiable de duración para este ejemplo.

Ficha del caso

La ficha reúne la clasificación del caso y señala los datos pendientes. Se genera con el mismo catálogo que usa el servicio.

EJEMPLO-000000abierta hoy
Tema
trabajo y empleo
Situación
estabilidad laboral reforzada por maternidad: prohibición de despido en embarazo o lactancia, permiso del inspector del trabajo e ineficacia del despido
Papel en el caso
trabajador
Otra parte
un empleador
Vía legal
acción de tutela (art. 86 C.P. y Decreto 2591 de 1991)
Autoridad competente
Pendientecircuito judicial; se necesita el municipio y aún no se ha preguntado
Instancia
no hay apelación: hay impugnación del fallo dentro de los tres días siguientes a su notificación, que resuelve el superior jerárquico. Los fallos que no se impugnan van a la Corte Constitucional para revisión eventual. La cuantía no intervieneDecreto 2591 de 1991 art. 31 · Decreto 2591 de 1991 art. 32
Cuantía
entre diez y veinte salarios mínimos mensuales
Períodos adeudados
ninguno adeudado
Requisito previo
la tutela no exige conciliación previa. Lo que la condiciona es que no exista otro medio judicial idóneo y que se presente en un plazo razonable, y las dos cosas las valora el juez, no se derivan de una clasificaciónLey 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación) art. 67Faltaquien valora la subsidiariedad y la inmediatez es el juez; describirlas se puede, afirmar que se cumplen no
Etapa
ya se presentó reclamación directa
Cuándo
el hecho ocurrió hace entre quince días y dos meses
Abogado representante
no
Plazo legal
el término no obliga a sustentar nadainmediatez — Constitución Política y Decreto 2591 de 1991 arts. 86, 1
Urgencia
hay un término próximo a vencer
Documentos
No se preguntó
Categorías especiales
No se preguntó
Honorarios
No se preguntó
Trabajo estimado
No se calcula

Esta ficha clasifica el caso con términos aprobados por un abogado. No es una opinión sobre el caso ni sobre su resultado. La opinión corresponde al abogado que asuma el caso y la firme.

Firmar la orientación

Al firmar, su nombre y su número de tarjeta quedarían en el documento que recibe la persona, y usted respondería por lo que dice. Hoy este botón no existe todavía: lo que sí puede hacer un abogado comprobado es ofrecerse a una causa compartida y, si el usuario lo escoge, llevarla.

Nombre Apellido · T.P. 000000

Los dos de abajo no se pueden pulsar: esto es una vista previa.

Corregir antes de firmarFirmar y enviar